Gobernación del Meta establece medidas de restricción a la movilidad en todo el departamento por Covid-19

Desde mañana y hasta el 5 de abril del presente año se restringe la movilización de medios de transporte y de personas.

San José del Guaviare, 25 de marzo de 2021.
La Gobernación del Meta por medio de un Decreto estableció restringir transitoriamente la movilización de medios de transporte y personas en todo el departamento, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Covid-19.
La medida de toque de queda inicia a las 12 de la noche a 5 de la mañana durante los días 26, 27, 28 y 29 de marzo; el martes 30 se levanta el toque de queda. Vuelve a iniciar desde el 31 de marzo al 5 de abril en el mismo horario.
El decreto permite algunas exenciones a algunas personas y vehículos indispensables para la realización de algunas de las siguientes actividades:


1. Asistencia y prestación de servicios de salud.
2. Adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población.
3. Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos con tratamientos especiales que requieran asistencia personal capacitado.
4. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
5. Las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud OPS y de todos los organismos internacionales de salud, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.
6. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares, equipos y dispositivos de tecnologías.
La Semana Santa de este año 2021 comienza el 28 de marzo, con el Domingo de Ramos, y finaliza el 4 de abril, que es Domingo de Resurrección. Dentro de esta semana, a nivel nacional los días festivos en el calendario son el Jueves Santo y el Viernes Santo, es decir, los días 1 y 2 de abril.






