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Alcaldía de San José del Guaviare modifica restricción para vendedores ambulantes

Decreto 088 permite que vendedores con vehículos de impulsión humana estacionen en zonas antes restringidas, con nuevas condiciones de seguridad.

El alcalde de San José del Guaviare, Willy Rodríguez, emitió el Decreto 088, que modifica parcialmente el Decreto 087. Esta nueva normativa permite a los vendedores ambulantes estacionar sus vehículos de impulsión humana en las carreras 23 y 24, entre calles 8 y 9, áreas que anteriormente tenían restricciones para esta actividad.

Entre los detalles del Decreto 088 se establecen:

Excepción para que los vehículos de impulsión humana usados por vendedores ambulantes puedan parquear en la zona mencionada.

Prohibición del uso de pipetas de gas o sustancias inflamables en dichos vehículos.

Horario de operación autorizado de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.

El Decreto 087 se implementó como medida temporal para garantizar la seguridad tras recientes hechos de violencia en el departamento. Incluía prohibiciones de estacionamiento y restricciones en el porte y circulación de armas deportivas y objetos peligrosos.

Con la modificación, la Alcaldía busca equilibrar la seguridad ciudadana con las necesidades económicas de los vendedores informales. El alcalde Rodríguez resaltó la importancia de atender las peticiones de los vendedores para apoyar la reactivación económica del comercio local.

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