Toque de queda y Ley Seca en San José del Guaviare por Covid-19

Está listo el proyecto de decreto solo resta autorización de MinInterior para que entre en vigencia hoy desde las 10 de la noche.
San José del Guaviare, 01 de junio del 2021.
Solo falta la autorización del Ministerio del Interior el cual con seguridad se dará en las próximas horas debido a alto número de contagios por Covid-19 en San José del Guaviare, por lo que el alcalde municipal Ramon Guevara tiene listo el decreto que establece toque de queda desde esta noche.
El decreto empezaría a regir desde esta noche 01 de junio de 2021 hasta el día dieciséis (16) de junio de 2021, iniciando todos los días desde las 10 de la noche hasta las cinco horas (05:00) del siguiente día.
Además, toque de queda los fines de semana con días feriados del mes de junio: 05, 06, 07; 12, 13 y 14
Durante estos días será restringida la circulación en todo el territorio del municipio de San José del Guaviare en los siguientes horarios:
El día viernes cuatro (04) de junio a partir de las 10 de la noche hasta las 05:00 del día martes ocho (08) de junio de 2021.
El día viernes once (11) de junio a partir de las 10 de la noche hasta las 05:00 del día martes quince (15) de junio de 2021.
Según el decreto, para efectos de lograr el efectivo cumplimiento del toque de queda se restringe la libre circulación de personas y vehículos en todo el territorio del municipio de San José del Guaviare en los días y horarios mencionados anteriormente, con algunas excepciones:
Podrá circular las personas y vehículos mencionados a continuación:
- Personal médico y demás personas vinculadas con la asistencia y prestación de servicios de salud, así como la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.
- Las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias.
- Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
- Las actividades de los servidores públicos y contratistas de la administración departamental y municipales, que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables de la administración.
- Personal necesario para la prestación de servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, reciclaje, incluyendo los residuos biológicos o sanitarios).
- Las actividades de las Fuerzas Militares, Policía Nacional y cuerpos de socorro.
- El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios.
- Personal de Ministerio Público, Fiscalía General de la Nación, Rama Judicial en ejercicio de las funciones consagradas en la Constitución Política de Colombia.
- El personal de las estaciones de servicios de suministro de combustible.
- Las actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria.
- Domiciliarios de establecimientos comerciales con actividades dedicadas a la industria gastronómica, farmacias y droguerías dentro de los horarios establecidos de atención al público.
Las personas y vehículos que desarrollen estas actividades deberán estar debidamente acreditas e identificadas en el ejercicio de sus funciones.
De igual manera habrá ley seca en el municipio de San José del Guaviare:
Para consumo de bebidas embriagantes, en zonas públicas, establecimientos de comercio, en los siguientes días y horarios:
El día viernes 04 de junio a partir de las 10 de la noche hasta las 05:00 del día martes ocho (08) de junio de 2021.
El día viernes 11 de junio a partir de las 10 de la noche a 05:00 de la mañana del día martes 15 de junio de 2021.
Quedan prohibidos eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, esto incluye discotecas y lugares de baile, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
Se ordena a los responsables de los establecimientos de comercio y locales comerciales, controlar estrictamente la entrada y salida de personas y el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos para cada sector junto con el pico y cedula.





